Las entidades vinculadas a las fundaciones también tendrán que presentar las cuentas al Protectorado

La consejera de Justicia, Montserrat Tura, presentó ayer el Proyecto de ley del Protectorado de fundaciones y asociaciones de utilidad pública, que aprobó el pasado 23 de marzo el Gobierno de la Generalitat. El nuevo texto establece las funciones del Protectorado, como órgano de la Administración encargado de apoyar y asesoramiento a las fundaciones y de desarrollar funciones de registro y de supervisión. Por esto también regula los instrumentos de control de qué dispone el Protectorado, con el fin de garantizar, tanto el cumplimiento de la voluntad fundacional y de las disposiciones legales y estatutarias, como el buen uso de los recursos que a menudo se destinan -mediante las ayudas y las subvenciones públicas, así como las donaciones o las aportaciones periódicas de los ciudadanos.

El Proyecto de ley incorpora medidas por potenciar la transparencia de estas entidades como por ejemplo la obligatoriedad de entregar al Protectorado las cuentas de las entidades vinculadas a las fundaciones y a las asociaciones de utilidad pública, de informar de la acumulación de cargos en los órganos de gobierno de estas entidades o el fomento de la elaboración de balances sociales, como una herramienta adecuada porque la ciudadanía pueda conocer la adecuación de los resultados a las finalidades fundacionales.

Destaca especialmente la incorporación, por primera vez, de un régimen sancionador para garantizar el cumplimiento de la voluntad fundacional y el buen funcionamiento de la entidad. Se establecen tres tipos de infracciones: muy graves, graves y leves, que fijan multas que van desde los 300 hasta los 9.999 euros.

Por otro lado, y dado que la Generalitat tiene competencia para declarar la utilidad pública de aquellas asociaciones que cumplan los requisitos para disfrutar de este régimen, el texto introduce una nueva función del Protectorado que completa las atribuidas en el artículo 336.2 del Código civil catalán. Así, con respecto a estas entidades, al Protectorado le corresponden las funciones de asesoramiento y apoyo, y también de depósito de cuentas y de seguimiento.

Fuente: Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya